domingo, 30 de junio de 2013

El Principio de Legalidad

Por: Milagro Mendoza
El principio de legalidad está concebido en todo el procedimiento penal, en cada etapa, fase, abarca de esta manera, el momento  en que se comete un delito, hasta el momento en que se emite sentencia,  alguna medida cautelar o de seguridad. Incluye así también el momento en que las partes agraviadas por una resolución recurren. El principio de legalidad no sólo es un componente característico del Estado democrático de derecho sino que, a la luz del nuevo orden internacional de los derechos humanos, se constituye en verdadera garantía indispensable para la protección de los derechos fundamentales.

El Derecho Penal, presenta diversas acciones o actos que pueden cometer las personas, las cuales son consideradas delitos. Es bueno destacar que los delitos, y las penas deben estar descritas en la Ley, y tipificadas; basándose en  el principio llamado: “nullum crimen, nulla poena sine iudicio u nemo iudex sine lege”, es decir, para que una conducta sea calificada como delito debe ser descrita de tal manera con anterioridad a la realización de esa conducta, y el castigo impuesto debe estar especificado también de manera previa por la ley. Lo que se puede observar es que se limita el poder del Estado, la voluntad de las personas. Se puede decir entonces que el principio de legalidad sirve, por un lado, como contención al ejercicio del poder público que encuentra en la ley su fundamento y margen de actuación; por otro lado, como garantía individual, en cuanto preserva de manera individual la intervención estatal, salvo en los casos previstos en la ley

El término taxativo, es un pilar dentro de este principio, ya que el mismo, quiere decir plasmado, escrito con anterioridad, que no se permite incluir otra cosa, sólo se acepta lo enlistado con anterioridad. Comprendiendo entonces que lo que no está taxativamente descrito en las normas jurídicas, es decir enlistado no puede ser aplicado hacia ninguna persona o situación.

Todo lo que se quiera declarar, aplicar dentro del proceso penal, debe estar previamente descrito en la ley y no de manera arbitraria. Este principio incluye, la aplicación de las penas, su duración, su concepción. Lo que sea considerado infracción, estará definido en la Ley; y cuando se busque declarar a una persona peligroso, o delincuente, debe analizarse la situación personal en que se encuentra y verificar si ha sido o no  calificado como estado peligroso. Las medidas de seguridad, deben estar descritas en los códigos, no puede ser inventada una medida, o a capricho de la solicitud de una persona.

            Destacamos entonces que solo se puede castigar a una persona por la comisión del hecho ilícito, siempre que la conducta esté previamente descrita por la Ley penal. El derecho penal democrático y racional solamente permite que se le sancione a una persona, por la comisión de un hecho delictivo tipificado, y no por acciones o por la manera como se conduce en la sociedad. Si es culpable de un acto, entonces merece una pena, recordando que debe pasarse por el recorrido, de estudio de la norma, ver en qué manera se infringió,  luego tener al Juez competente de la causa para que analice el caso; un Juez definido y establecido con anterioridad, no así un tribunal arbitrariamente conformado. Posteriormente, analizar los hechos, pruebas, antecedentes, y   declararlo culpable o inocente, cumpliendo y guardando las garantías fundamentales. No debemos dejar de recordar que el principio de legalidad, ha sido elevado  a garantía fundamental.

Si se omite algún procedimiento, se ha violado el derecho al debido proceso, el cual es un principio consagrado en las constituciones de los diferentes países, ocasionando entonces la nulidad de los actos procesales.  Con este principio de legalidad lo que se busca es evitar la arbitrariedad de los actos, el juzgamiento doble, o la imposición de penas a personas a los inocentes, o a aquella personas a las cuales no se le ha realizado una investigación exhaustiva que lo vincule con un delito.

Los delitos y las penas han de estar descritos de forma clara y determinada en la ley y no de forma ambigua, que permita la interpretación errada. No deben existir las leyes incompletas, que abran el espacio a la libre interpretación, a que las personas concluyan de acuerdo a sus propios pensamientos y no acorde con el sentido de la ley.  Es bueno destacar, que en el derecho penal lo que se ve siempre es el futuro de una persona, el derecho a la libertad, es por ello que no se deben violar los derechos, que son consagrados en normas nacionales e internacionales. Se pretende impedir de esta manera, que se tipifiquen conductas como delito posterior a su realización, recordando que la Ley rige hacia el futuro y no de manera retroactiva.

La legalidad, incluye también a quienes son las personas que pueden acudir ante un Juez, quienes pueden presentar denuncias, las personas legitimadas y las que pueden realizar investigaciones. A este tipo de legalidad, es llamado por muchos estudiosos del Derecho, como Legalidad Procesal, enfocándose en el ejercicio de la acción penal. Por otro lado, se puede observar que el cumplimiento de todos los trámites establecidos en las leyes, es llamado Legalidad de Trámite o Procedimental.

Podemos entonces expresar, que es el estado, el mismo que debe autocontrolarse y definir sus actuaciones, considerando que son ellos quienes emiten las leyes, deben así mismo limitar sus funciones para no afectar a los individuos y a la sociedad en general. Es por lo que se impone un estándar claro en relación con la obligación del Estado de vigilar cuidadosamente que el contenido de las normas que establecen conductas punibles sea expreso, preciso y taxativo, y la emisión de la ley sea previa al hecho enjuiciado. Se tiene además que, el proceso penal, termina siempre imponiendo penas, dentro de las cuales están la privación de libertad. Independientemente de la cantidad de forma que han establecido para sancionar a una persona, como los días multas o arrestos de fines de semana. Para el común de la sociedad, cometer un delito es sinónimo de cárcel, es decir de privar a la persona de su libertad. El principio, del cual hablamos a lo largo de este ensayo, busca velar por el bienestar de la sociedad, sin menoscabar los derechos de los imputados y las facultades del Estado, es por ello que la privación de la libertad personal como forma severísima de proteger los bienes jurídicos más preciados en la sociedad, es una facultad legítima del Estado, siempre y cuando se garanticen todos los presupuestos que hacen de esta medida una restricción lícita conforme con el orden nacional y con el internacional.

En conclusión, puedo decir que el principio de legalidad es fundamental y pilar dentro del Derecho Penal, que el mismo consiste en que todo lo que se aplique y como se proceda debe estar previsto en las leyes. Por otra parte, solamente los organismos jurisdiccionales creados para tal fin son los que pueden dictar una resolución, jueces establecidos con anterioridad a la comisión del delito. Con este principio todo individuo en todo momento, puede saber que comportamientos están prohibidos u ordenados por la Ley mediante una amenaza de sanción penal. Otorga de esta forma, certeza jurídica y seguridad.

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